Cuando se produce un cambio de domicilio son muchas las tareas y gestiones que se deben hacer de forma eficiente para poder disfrutar plenamente del nuevo hogar sin que falte nada que reduzca el confort y la habitabilidad de la propia casa.
Una de las tareas que se deben ejecutar de manera previa al cambio de domicilio es la de solicitar correctamente el alta de los suministros energéticos básicos de la vivienda, pues estos delimitan, en gran medida, la habitabilidad de la vivienda, ya que suponen los suministros de luz, agua y gas, elementos indispensables en todos los hogares.
Como estos elementos son fundamentales para el correcto desarrollo de la vida en el interior de la vivienda y, en muchas ocasiones, los usuarios, cuando necesitan solicitar su activación, desconocen el procedimiento, en esta entrada hablaremos acerca de cómo solicitar el alta de los mismos de manera simple.
Para solicitar el alta de este elemento en un domicilio, en un primer momento lo que se debe hacer es comprobar que la vivienda en la que se pretende dar el alta del suministro, presenta el acceso necesario hasta la red general de gas, pues en aquellos casos donde este acceso no exista, no será posible solicitar el alta.
Lo más común, es que las viviendas de nuestro país cuenten con este acceso, sin embargo, existen determinadas zonas más remotas donde no se cuenta con este acceso.
Tras revisar que se puede acceder al suministro de gas, lo siguiente que se debe hacer es reunir todos los documentos que serán necesarios para la gestión, pues más adelante, serán requeridos, siendo estos:
■ De la persona que es solicitante del suministro, se necesitará aportar la documentación personal, sumado a un método de contacto por si fuera necesaria alguna comunicación por parte de la empresa y un número de cuenta activo en el que cargar los costes del suministro.
■ De la vivienda donde se efectuará el alta se necesita conocer la dirección exacta.
■ De la instalación de gas, es decir, del punto de suministro, se necesitará conocer el código CUPS, que es el código numérico único que acompaña a cada instalación de gas.
Una vez se consigue agrupar la información necesaria, antes de nada, se recomienda analizar las distintas opciones disponibles para contratar dentro del mercado energético de gas, con el fin de poder seleccionar la compañía de gas más barata posible para el suministro de gas en la propia vivienda, valorando siempre las necesidades de consumo.
Tras valorar las alternativas y seleccionar la que se considere la mejor, se entregará la documentación a la empresa seleccionada para tramitar el alta, una vez se entregue esta documentación, las compañías comprobarán la veracidad de los datos para gestionar el alta. Una vez se apruebe la información, la compañía encargada de la distribución del gas se encargará de asignar, para cada punto de suministro, una tarifa de acceso, basando esta en estimaciones de consumo anuales en el domicilio.
Las alternativas que existen en cuanto a las tarifas de acceso son las siguientes:
■ Si las estimaciones de la compañía sitúan el consumo por debajo de los 5000 kWh, se aplicará la tarifa RL1.
■ Si las estimaciones de la compañía sitúan el consumo por encima de los 5000 kWh y por debajo de los 15000 kWh, se aplicará la tarifa RL2.
■ Si las estimaciones de la compañía sitúan el consumo por encima de los 15000 kWh, se aplicará la tarifa RL3.
El plazo que tarda en activarse el suministro de gas natural en una vivienda se puede posponer entre cinco y siete días desde que se aprueba el alta, suponiendo un coste de alta variable entre los 72 y los 235 euros. El importe que se debe abonar por activar el suministro depende de dos factores; el tipo de tarifa aplicado y la ubicación de la vivienda, pues el coste varía dependiendo de la comunidad autónoma donde se tramite el alta.
Para el caso de la luz, el procedimiento es bastante similar al del gas, aunque no igual. En primer lugar, en este caso, lo que se debe hacer es agrupar la documentación que es necesaria para solicitar el alta, siendo los documentos necesarios los siguientes:
■ De la persona que es solicitante del suministro, se necesitará aportar la documentación personal, sumado a un método de contacto por si fuera necesaria alguna comunicación por parte de la empresa y un número de cuenta activo en el que cargar los costes del suministro.
■ De la vivienda donde se efectuará el alta se necesita conocer la dirección exacta.
■ De la instalación eléctrica, es decir, del punto de suministro, se necesitará conocer el código CUPS, en este caso, eléctrico, que es el código numérico único que acompaña a cada instalación de luz.
■ Finalmente, en el caso del alta eléctrica, se indicará como añadido la potencia eléctrica deseada para ese punto de suministro, escogiendo siempre un valor soportado por la propia instalación.
Como ocurría en el caso de dar de alta el gas, en este momento el usuario se encuentra ante una gran oportunidad de análisis de las distintas oportunidades dentro del mercado de la luz, donde el éxito residirá en analizar las mejores tarifas de luz posibles para cumplir con las necesidades energéticas de la vivienda con el menor coste.
Una vez escogida la compañía y la tarifa que mejor satisfacen las necesidades energéticas, se entregarán a la compañía los datos recogidos, estos serán revisados para, posteriormente, proceder a la firma del contrato de suministro, que se hará efectivo entre los próximos cinco o siete días.
La solicitud de alta eléctrica conlleva una serie de costes unidos a los derechos de luz, que son tres, siendo estos:
■ Derechos de la extensión del servicio; donde se abonarán 17,37 euros por cada kilovatio contratado en la instalación.
■ Derechos de acceso; donde se abonarán 19,70 euros por cada kilovatio contratado en la instalación.
■ Derechos de enganche; donde se abonarán 9,04 euros.
Tramitar el alta del agua en una vivienda es una gestión diferente a los casos de la luz y el gas, pues en el caso del agua corriente, se depende en mayor medida de la ubicación exacta de la vivienda, pues cada compañía de distribución de esta es la encargada de tramitar la gestión y solicitar los documentos específicos.
Por lo que, en función del emplazamiento de la vivienda, variarán tanto los documentos necesarios, como los plazos establecidos y los costos y plazos soportados, siendo una tarea que tarda de media en activarse entre tres o cuatro días tras la aprobación, plazo en el que se instalará el contador en la vivienda.
Los costes que supone el activar este suministro también son variables, oscilando entre los 50 euros en los casos más económicos y los 200 euros en los supuestos más caros.